Nacionalidad portuguesa por origen sefardí

¿Has oído hablar sobre la nacionalidad española por origen sefardí?

Nacionalidad portuguesa por origen sefardí

La ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, caduca el 1 de octubre de 2019. Sin embargo, muchos descendientes de origen sefardí no han podido optar a la misma debido a la dificultad de encontrar documentación o simplemente porque no sabían de la existencia de la ley.

Si no has podido tramitar tu nacionalidad española por origen sefardí, ¡tenemos una solución para ti!

Portugal promulgó la misma Ley poco después que España, con la diferencia de que no tiene fecha de caducidad. Es decir, aunque ya no puedas obtener la nacionalidad española por esta vía en España, aún estás a tiempo de obtener un pasaporte de la Unión Europea, que te concederá múltiples beneficios si deseas emigrar a España en un futuro, ya que los ciudadanos comunitarios tienen preferencia en la tramitación de sus residencias en España.

Diferencias entre la tramitación de nacionalidad por origen sefardí entre España y Portugal:

  1. En Portugal es obligatorio la obtención del certificado de origen sefardí por las comunidades judías habilitadas, a diferencia de España que podía obtenerse este certificado por diferentes comunidades judías en varios países, que contaban con el aval de la Federación de Comunidades Judías de España.
  2. No es necesario tomar exámenes de cultura ni idioma portugués.
  3. No es necesario acreditar vinculación con Portugal, a diferencia de España que era obligatorio.
  4. No es necesario viajar a firmar acta de notoriedad, ya que con un poder de representación, se podrá presentar la solicitud y documentación original en los registros habilitados para ello.

Como podemos ver, simplemente será necesario probar su vinculación sefardí y que se expida el certificado de vinculación por las entidades habilitadas para ello, además de su documentación personal y tasas de procedimiento.

Beneficios de tener pasaporte UE en España:

  • Agilidad en la tramitación de residencia, ya que en 1 solo día podrá obtener su tarjeta de residencia española.
  • Acceso a trabajo en España y a la Sanidad pública.
  • Los que deseen estudiar, tendrán beneficio de pagar las matrículas universitarias a precio de residente (primera matrícula) y no como extranjero (cuarta matrícula).
  • Movilidad dentro de toda la Unión Europea.
  • Si es nacional de un país iberoamericano, además podrá solicitar la nacionalidad española tras 2 años de residencia en España.

Requisitos

  1. Copia completa de pasaporte compulsada.
  2. Certificado original recibido de la Comunidad Judía de Oporto o Lisboa, que certifique el origen sefardí del cliente.
  3. Certificado de nacimiento apostillado, máximo 1 año de expedido.
  4. Antecedentes penales apostillados emitidos en los últimos 3 meses, del país de nacimiento, países de ciudadanía y países donde el cliente pudo haber residido por más de 90 días. (Se solicita una vez se obtenga el certificado de la Comunidad Judía, para evitar que se caduque)
  5. Si estás casado/a; certificado de matrimonio apostillado, o en caso de ser viudo/a o divorciado/a, debe presentar la documentación correspondiente apostillada.
  6. Declaración de residencia firmada de acuerdo con los sellos que se muestren en su pasaporte.
  7. Autorización al abogado representante.
  8. Tasas del procedimiento: 500€ en caso de resolverse positivamente el certificado sefardí y 250€ para la tramitación. Total de tasas: 750€

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Preguntas frecuentes sobre la nacionalidad portuguesa por origen sefardí (II)

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https://youtu.be/kHnXt-vlj10

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Preguntas frecuentes sobre la nacionalidad portuguesa por origen sefardí (I)


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Preguntas frecuentes: nacionalidad portuguesa por origen sefardí

En vista de que la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España, caducó el 1 de octubre de este año, muchos descendientes de sefardíes que no pudieron solicitarla a tiempo, tienen la oportunidad de realizar el trámite por Portugal.

Puedes leer el artículo completo sobre cómo obtener la nacionalidad portuguesa por origen sefardí aquí.

Como era de esperar, existen muchas dudas sobre este procedimiento, ya que teníamos bien conocido el proceso español. A continuación te respondemos las preguntas más frecuentes que nos hacen a diario nuestros clientes:

  1. ¿Pueden los menores de edad solicitar la nacionalidad portuguesa junto con sus padres? No, en el proceso de Portugal, no es posible solicitar conjuntamente la nacionalidad a los hijos menores de edad. Deben esperar que el padre o la madre obtenga la nacionalidad portuguesa para poder beneficiarse por el proceso de naturalización, cumpliendo ciertos requisitos.
  2. ¿Puedo aplicar con un estudio genealógico de un ascendiente sefardí español?  Sí, ya que en el momento de la expulsión de los judíos sefardíes, la península ibérica estaba unida, por lo tanto los sefardíes españoles, son también portugueses.
  3. ¿Tengo que tomar examen de idioma portugués? No es necesario tomar ningún examen para la vía portuguesa, ni de idiomas ni de cultura.
  4. Si uno de los cónyuges no puede aplicar por no tener ascendiente sefardí, ¿Podrá beneficiarse cuando el otro obtenga la nacionalidad? ¿Necesita residencia previa en Portugal? Sí podrá beneficiarse también por la naturalización. No se requiere la residencia previa en Portugal, pero sí deberá acreditar unos años mínimo de matrimonio y una fuerte vinculación con Portugal.
  5. ¿Debo renunciar a mi nacionalidad anterior? No, en Portugal se mantiene igual que en España, la no renuncia de su nacionalidad anterior, a los descendientes de sefardíes.
  6. ¿Debo ser judío para poder aplicar? No es obligatorio, pero el proceso en Portugal da ciertos beneficios a los judíos practicantes.
  7. ¿Cómo puedo probar mi vinculación sefardí en Portugal? Las pruebas son las mismas que en el proceso español, con la diferencia de que en Portugal es obligatorio la obtención del certificado de origen de las comunidades judías de Lisboa u Oporto, no siendo posible presentar un certificado de la comunidad judía de su país de origen o residencia, que sí eran válidos en el proceso español.
  8. ¿Debo viajar a Portugal a firmar ante notario? No, no es necesario en este proceso la firma de acta de notoriedad. Es un trámite completamente administrativo, que no exige juicio previo de notario.
  9. No tengo ninguna vinculación con Portugal, ¿Puedo aplicar igualmente? Sí, otra de las diferencias entre el proceso español y el portugués, es que no requiere acreditar vinculación con Portugal, requisito que era obligatorio en España.
  10. ¿Que tasas tiene este procedimiento? El certificado de origen sefardí tiene un coste de 500€ por titular y 250€ por cada familiar que solicite certificado de la misma rama genealógica. Por otro lado, la tasa ante la administración es de 250€.

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