Nuevos visados de búsqueda de empleo para hijos y nietos de españoles de origen

Como hemos hablado en artículos anteriores, ser hijo o nieto de español de origen, es uno de los supuestos en los que la situación nacional de empleo permite la contratación de ciudadanos extranjeros no residentes en España.

En ese orden, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, emitió la Orden TMS/1426/2018, de 26 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2019; poniendo así en funcionamiento los visados para búsqueda de empleo a hijos y nietos de ciudadanos españoles, mencionados en el artículo 39 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Se establece para el año 2019 un número de 1.500 visados para la búsqueda de empleo dirigidos a hijos o nietos de español de origen. Aunque esta cifra tiene carácter provisional. La Dirección General de Migraciones podrá, a lo largo del año, modificar esta cifra, debiendo, en estos casos, informar a la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.

Primer paso.- Selección de candidatos (art. 21)

La Dirección General de Migraciones regulará los procedimientos para la selección de candidatos para la obtención de visados para la búsqueda de empleo dirigidos a hijos o nietos de español de origen previstos en el artículo 20. Dicha regulación contemplará el desarrollo de los procesos de selección de candidatos, que responderán a los principios de igualdad de oportunidades e idoneidad.

La Dirección General de Migraciones informará a la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares de los países en los que vayan a seleccionarse candidatos para este tipo de visados. Estos visados no contemplarán restricción alguna en cuanto a su ámbito geográfico ni sector de actividad u ocupación.

Se constituirá una comisión de selección que realizará la valoración de las solicitudes presentadas y seleccionará a los candidatos a la obtención de los correspondientes visados. Una vez realizada dicha valoración, se comunicará a los candidatos a ser titular de un visado de búsqueda de empleo de hijo o nieto de español de origen su selección. La Dirección General de Migraciones remitirá el listado de los candidatos seleccionados a la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares.

Segundo paso.- Visado (art. 22)

Los candidatos elegidos, deberán solicitar el visado correspondiente ante la Oficina Consular de su demarcación, en su país de origen, el cual será otorgado previa verificación de los requisitos correspondientes y por solo tres meses.

El periodo de tres meses de búsqueda de empleo empezará a contar desde la fecha en que se efectúe la entrada o declaración de entrada en España. El visado hará constar que la persona titular de este forma parte del cupo de visados de búsqueda de empleo 2019.

Tercer paso.- Entrada en España y búsqueda de empleo (art. 23)

Al ingresar en España, los solicitantes de empleo se inscribirán en el Servicio Público de Empleo competente y participarán, en su caso, en las acciones diseñadas para facilitar el proceso de búsqueda de empleo.

Transcurridos tres meses sin que el extranjero haya formalizado un contrato de trabajo, quedará obligado a salir del territorio español, incurriendo en caso contrario en la infracción contemplada en el artículo 53.a) de la Ley Orgánica 4/2000.

Cuarto paso.- En caso de encontrar empleo (art. 24)

  • En caso de encontrar empleo dentro de los 3 meses previstos, el candidato deberá solicitar la autorización correspondiente de entre las reguladas en la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento o en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
  • No tendrá que salir de España, ya que la solicitud de residencia prorroga su estancia en España, hasta la resolución.
  • La solicitud debe hacerla el empleador que solicita la contratación del candidato, en la oficina de extranjería donde vaya a realizarse la actividad laboral. Si es una de las autorizaciones de la Ley de emprendedores, deberá hacerse vía telemática.
  • Deberá cumplir todos los requisitos del tipo de autorización que se solicite.
  • La eficacia de la autorización concedida estará condicionada a la posterior afiliación y/o alta del trabajador en la seguridad social, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución favorable. Cumplida esta condición, la autorización adquirirá vigencia y tendrá la consideración de autorización inicial.

¿Te gustaría aplicar a este tipo de visado? ¡Consúltanos!