En LAREA te contamos cómo puedes solicitar la nacionalidad española vía telemática durante el confinamiento.

¡No aplaces tu oportunidad de conseguir tu nacionalidad española por residencia!

En LAREA te contamos cómo puedes solicitar la nacionalidad española vía telemática durante el confinamiento.

Es una pregunta frecuente en LAREA, ya que muchos extranjeros residentes en España, tras cumplir con los períodos mínimos de residencia, haberse integrado totalmente en la sociedad española y que ya se sienten españoles; tenían toda la documentación lista, o bien han empezado a reunir todos los documentos para solicitar su nacionalidad española, no saben si pueden presentar su solicitud, o si bien, tienen que esperar a que finalice el estado de alarma decretado el pasado 14 de marzo.

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, estableció una serie de medidas que afecta directamente a todas las personas en el territorio de España, tanto a los nacionales como a los extranjeros, en situación de estancia (turistas y estudiantes), así como a los residentes legales.

Entre estas medidas se encuentra la siguiente que afecta directamente a los expedientes de solicitudes de nacionalidad española por residencia:

Quedan suspendidos todos los términos e interrumpidos todos los plazos establecidos en el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

Esto significa que puedes presentar tu solicitud de nacionalidad española durante el estado de alarma, pero en caso de que te falte algún documento, o bien la Administración te requiera para que aportes algún documento adicional, concediéndote un plazo para ello, dicho plazo estará suspendido y no empezará a contar hasta el vencimiento del estado de alarma decretado.

La solicitud de nacionalidad española se realiza por vía telemática con certificado digital. Por ello, te recomendamos que si cumples con todos los requisitos, presentes tu solicitud de nacionalidad cuanto antes, ya que los expedientes presentados durante el estado de alarma, aunque se encuentren suspendidos los plazos, se siguen tramitando y resolviendo de manera más ágil.

Una vez que finalice el estado de alarma, puede que el número de expedientes aumente tanto, que retrase las resoluciones, jugando un papel importante la fecha de presentación de tu solicitud de nacionalidad.

Si no cuentas con certificado digital, nuestras abogadas podrán ayudarte a presentar tu solicitud como representantes legales.

<< En este vídeo, Breisy Corcino te cuenta todo lo que necesitas saber para solicitar la nacionalidad española por residencia, paso a paso.

¿Qué tipo de documentos mínimos tengo que tener para poder presentar mi solicitud de nacionalidad?

¿Que requisitos necesito cumplir a la hora de solicitar la nacionalidad española por residencia?

En LAREA contamos con un gran equipo de profesionales para poder ayudarte con la preparación y presentación de tu solicitud de nacionalidad española por residencia, empezando por abogados especializados en extranjería, que te pueden atender en tu idioma natal, hasta traductores que podrán traducir tus documentos desde cualquier idioma. 

Si necesitas que te ayudemos con tu solicitud de nacionalidad española ¡Contáctanos!

Nuevos visados de búsqueda de empleo para hijos y nietos de españoles de origen

Como hemos hablado en artículos anteriores, ser hijo o nieto de español de origen, es uno de los supuestos en los que la situación nacional de empleo permite la contratación de ciudadanos extranjeros no residentes en España.

En ese orden, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, emitió la Orden TMS/1426/2018, de 26 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2019; poniendo así en funcionamiento los visados para búsqueda de empleo a hijos y nietos de ciudadanos españoles, mencionados en el artículo 39 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Se establece para el año 2019 un número de 1.500 visados para la búsqueda de empleo dirigidos a hijos o nietos de español de origen. Aunque esta cifra tiene carácter provisional. La Dirección General de Migraciones podrá, a lo largo del año, modificar esta cifra, debiendo, en estos casos, informar a la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.

Primer paso.- Selección de candidatos (art. 21)

La Dirección General de Migraciones regulará los procedimientos para la selección de candidatos para la obtención de visados para la búsqueda de empleo dirigidos a hijos o nietos de español de origen previstos en el artículo 20. Dicha regulación contemplará el desarrollo de los procesos de selección de candidatos, que responderán a los principios de igualdad de oportunidades e idoneidad.

La Dirección General de Migraciones informará a la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares de los países en los que vayan a seleccionarse candidatos para este tipo de visados. Estos visados no contemplarán restricción alguna en cuanto a su ámbito geográfico ni sector de actividad u ocupación.

Se constituirá una comisión de selección que realizará la valoración de las solicitudes presentadas y seleccionará a los candidatos a la obtención de los correspondientes visados. Una vez realizada dicha valoración, se comunicará a los candidatos a ser titular de un visado de búsqueda de empleo de hijo o nieto de español de origen su selección. La Dirección General de Migraciones remitirá el listado de los candidatos seleccionados a la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares.

Segundo paso.- Visado (art. 22)

Los candidatos elegidos, deberán solicitar el visado correspondiente ante la Oficina Consular de su demarcación, en su país de origen, el cual será otorgado previa verificación de los requisitos correspondientes y por solo tres meses.

El periodo de tres meses de búsqueda de empleo empezará a contar desde la fecha en que se efectúe la entrada o declaración de entrada en España. El visado hará constar que la persona titular de este forma parte del cupo de visados de búsqueda de empleo 2019.

Tercer paso.- Entrada en España y búsqueda de empleo (art. 23)

Al ingresar en España, los solicitantes de empleo se inscribirán en el Servicio Público de Empleo competente y participarán, en su caso, en las acciones diseñadas para facilitar el proceso de búsqueda de empleo.

Transcurridos tres meses sin que el extranjero haya formalizado un contrato de trabajo, quedará obligado a salir del territorio español, incurriendo en caso contrario en la infracción contemplada en el artículo 53.a) de la Ley Orgánica 4/2000.

Cuarto paso.- En caso de encontrar empleo (art. 24)

  • En caso de encontrar empleo dentro de los 3 meses previstos, el candidato deberá solicitar la autorización correspondiente de entre las reguladas en la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento o en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
  • No tendrá que salir de España, ya que la solicitud de residencia prorroga su estancia en España, hasta la resolución.
  • La solicitud debe hacerla el empleador que solicita la contratación del candidato, en la oficina de extranjería donde vaya a realizarse la actividad laboral. Si es una de las autorizaciones de la Ley de emprendedores, deberá hacerse vía telemática.
  • Deberá cumplir todos los requisitos del tipo de autorización que se solicite.
  • La eficacia de la autorización concedida estará condicionada a la posterior afiliación y/o alta del trabajador en la seguridad social, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución favorable. Cumplida esta condición, la autorización adquirirá vigencia y tendrá la consideración de autorización inicial.

¿Te gustaría aplicar a este tipo de visado? ¡Consúltanos!

 

Novedades 2019 sobre dispensa de exámenes de nacionalidad española

A la hora de presentar la Solicitud de Nacionalidad Española por Residencia se exigen una serie de requisitos y documentos imprescindibles para que nuestra solicitud se admita a trámite, así como, para que sea resuelta favorable.

Como bien sabemos, uno de los requisitos obligatorios, es haber superado los exámenes del Instituto Cervantes, mejor conocidos como; CCSE (conocimientos constitucionales y socioculturales de España y DELE (Lengua Española). De presentar este último, quedan exentos los ciudadanos iberoamericanos.

Existe la posibilidad de pedir dispensa de presentar estos exámenes, en tres casos específicos:

  • Cuando la persona solicitante sea analfabeta (que no sepa leer ni escribir).
  • Cuando la persona solicitante tenga problemas de aprendizaje, incluidas las personas mayores de 70 años.
  • Cuando la persona solicitante ha estado escolarizada en España y haya superado la ESO (Educación Secundaria Obligatoria).

La acceso a la dispensa de los exámenes de nacionalidad suponen un ahorro de tiempo y de dinero considerable. Sin embargo, no se ha reglamentado su solicitud, lo que provoca retrasos en la obtención y resolución de los expedientes de nacionalidad.

Hasta el día de hoy, un extranjero residente en España que estuviera en alguno de los casos de dispensa antes mencionados, debía previamente hacer, la SOLICITUD DE DISPENSA DE PRUEBAS DELE Y CCSE y esperar a que se conceda dicha exención o bien presentar la nacionalidad sin saber si dicha exención fue concedida, lo que conlleva ciertos riesgos.

Pues bien, la novedad que ha traído el año 2019 en el ámbito de las Solicitudes de Nacionalidad Española por Residencia, es ni más ni menos que,

Ya no es necesario hacer la Solicitud de Dispensa de Pruebas de los exámenes DELE Y CCSE, en caso de haber superado los estudios de primaria y secundaria (ESO) en España. Se amplía también a los que hayan cursado estudios superiores en España y posean el título o acreditación de haber acabado los estudios.

Consulta personal en el Ministerio de Justicia, el 27/02/2018, por la abogada Ekaterina Ukhova.

El hecho de no ser necesario superar los exámenes, ni presentar la Solicitud de Dispensa, conlleva un gran ahorro de tiempo y dinero.

En Larea & Co International Legal Group siempre estamos al tanto de todas las novedades para poder asesorarte lo mejor posible. En caso de querer solicitar la Nacionalidad Española no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te asesoramos y te acompañamos durante todo el procedimiento.

¿Quieres solicitar la nacionalidad española? ¡Consúltanos!

Consejos para elegir a un buen abogado

  1. Buscar un abogado que sea especialista en la materia en la cual tengas el problema, ya que un abogado generalista puede tener conocimiento en la materia, más ese conocimiento puede no estar actualizado, o simplemente no tiene el tiempo necesario para ahondar en tu caso concreto y necesitará más tiempo y mayores recursos para sacar tu tema adelante de manera satisfactoria. Esto se traduce en mayor coste y menos eficacia.
  2. Busca un abogado que te inspire confianza. No sólo te puede inspirar confianza el abogado recomendado por un amigo, sino también aquel con el que hayas tenido una entrevista y te haya generado esa empatía y confianza necesaria para llevar tu caso.
  3. Busca un abogado que tenga buenas opiniones o valoraciones por sus clientes en su página web.
  4. Busca un abogado que te hable claro, que te diga qué opciones tienes de ganar el procedimiento o de obtener lo que solicitas. Desconfía de aquel que te diga que te garantiza al 100% que ganarás.
  5. Busca un abogado que te haga el encargo por escrito y/o te dé un presupuesto claro desde el principio (siempre que sea posible conforme al tipo de encargo que se le realice).
  6. Busca un abogado que tenga un buen respaldo, es decir, que pertenezca a un despacho serio y con más profesionales especializados en otras áreas, ya que durante el trámite de tu expediente, pueden surgir diversos temas que pueden necesitar del apoyo de otros especialistas.
  7. Busca un abogado que te cobre un precio justo. Normalmente el precio justo no se refiere al más alto o al más bajo, sino al que realmente corresponda conforme a la especialidad del Abogado y al trabajo que conlleve la tramitación de tu expediente.
  8. Busca abogados con experiencia real.
  9. Busca un abogado que te facilite información continua acerca del estado de tu procedimiento o petición, ya que de no ofrecerte esa seguridad de información tendrás que estar siempre tras él, rogándole te informe respecto a tu expediente.
  10. Busca un abogado que se encuentre en tu misma ciudad o bien, en la ciudad donde tengas que realizar  el trámite. Salvo ocasiones en las que tengas que presentar expedientes o solicitudes de forma telemática, para lo cual podrás presentarlo desde cualquier localidad. De esta manera, ahorrarás coste de traslado.