Recurso contencioso de nacionalidad española

Comparte la publicación

¿Aún estas esperando la respuesta respecto a tu solicitud de nacionalidad española por residencia? ¿Conoces tus opciones ante la inactividad de la Administración? ¿Tu nacionalidad ha sido denegada y no estas de acuerdo?

A día de hoy son muchas las personas que todavía están a la espera de la resolución sobre sus solicitudes de la Nacionalidad Española por Residencia. Si eres una de estas personas, éste artículo es de tu interés.

En Larea & Co., International Legal Group, cada día tratamos con extranjeros que acuden a nuestro despacho desesperados ante la falta de noticia por parte de la Administración, sobre sus solicitudes de nacionalidad. Dicha situación nos hizo darnos cuenta, que muy pocas personas conocen las opciones que tienen para agilizar sus procedimientos de Nacionalidad Española por Residencia.

Ahora es cuando llegamos a la figura del Recurso Contencioso-Administrativo, que se presenta ante la Audiencia Nacional ubicada en Madrid, el cual permite darle un empujón a tu nacionalidad, o bien, en caso de recibir denegación de la misma, impugnar dicha resolución si no estas de acuerdo. Pues bien, la pregunta es; ¿Quién puede optar por el recurso para poder acelerar la resolución de la nacionalidad española? La respuesta es muy sencilla, se requieren los siguientes requisitos:

  • Haber presentado la solicitud después de Octubre de 2015, en caso de no tener respuesta alguna a tu solicitud de la Nacionalidad Española por Residencia,
  • Haber pasado un año desde la solicitud de la nacionalidad española por residencia,
  • Cumplir con los requisitos que se exigen para conceder la Nacionalidad Española.

El primer requisito es muy interesante, debido a que en el año 2015 salió una nueva normativa relativa a la nacionalidad, concretamente el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia, la cual establece un plazo de resolución para la Administración, obligándola a que resuelva en 1 AÑO. Pasado este plazo sin tener respuesta de parte de la Administración, la solicitud de entiende desestimada por silencio administrativo. En este sentido, se podrá presentar Recurso Contencioso-Administrativo, apelando esa «presunta» desestimación, al cumplirse todos los requisitos para la obtención de la nacionalidad española.

Es importante destacar, que no solo se puede acudir al Recurso Contencioso en caso de ausencia de respuesta, sino también en caso de recibir una resolución negativa expresa recientemente, y no estar de acuerdo con ella.

Por lo que respecta al punto de cumplir con los requisitos que se exigen para poder acceder a la nacionalidad, no se preocupe, ya que antes de presentar el recurso, en Larea & Co., nos encargamos de estudiar la documentación que presentó en su día, para asegurarnos de que este todo correcto y que el recurso es viable.

Como bien sabemos, si nos quedamos con brazos cruzados, podemos esperar varios años hasta que nos den una respuesta. Por lo que si usted quiere hacer valer sus derechos, el Recurso Contencioso-Administrativo es la solución que ahorrará muchísimo tiempo, obligando a la Administración a cumplir con los plazos establecidos por la normativa, lo que permitirá acortar considerablemente los plazos de espera del tan deseado “Concedido” junto a su nombre.

El plazo para obtener una resolución de su nacionalidad tras la interposición del Recurso, está entre los 4 y 8 meses.

Si te encuentras en una situación similar, puedes contactarnos por medio del botón de consulta web gratuita, o llamarnos al teléfono 912 454 762. No importa en qué parte de España te encuentres, podemos ayudarte.

Un comentario sobre «Recurso contencioso de nacionalidad española»

Deja un comentario